Era una
mañana alegre de febrero cuando me acerque a la Municipalidad de Surquillo a
pagar mis arbitrios. Habían subido los que corresponden a Serenazgo, pero con
tal de sentirme más seguro en una ciudad donde la ronda paranoia, los pagué sin
titubear, pero no sin antes discutir con algunos vecinos que se negaban a
pagar. Salí del complejo municipal y decidí dar una caminata. Para hacer corta
la historia, me asaltaron siete hobbits acriollados amantes de reggaetón. La
fechoría se cometió entre dos casetas de Serenazgo. Una con un viejito que por
seguridad propia prefirió "no ver" y otra, la más cercana a donde
acudí para pedir auxilio, estaba vacía. Derrotado bajo la cabeza y meto las
manos al bolsillo. ¡Encontré algo que no se habían llevado! ¿Qué era? Mi
comprobante de pago por ser un buen contribuyente.
Todos
los meses pago impuesto a la renta (me lo van descontando). Y todos los años en
el mes de marzo hago mi declaración de impuesto a la renta. Esto ya implica un
costo de tiempo y dinero. Necesito contratar un contador que no se deje engañar
con la supuesta simplicidad del sistema informático de la Sunat que comete
errores (curiosamente siempre en contra de mis intereses) y que me evite lidiar
con la pésima asesoría que la codiciosa institución brinda a los usuarios. En
una país donde la regla es in dubio pro-fisco (o sea, la duda favorece al
fisco), los contribuyentes que sí nos atrevemos a pagar, la vemos verde. Este año
en particular me toca apagar montos adicionales a los descuentos que ya venía
sometido mes a mes.
Me peleo
con amigos y conocidos que no quieren declarar y ortos que se rehúsan a pagar.
Les explico -como intenté hacerlo con mi vecino surquillano- la importancia de
pagar impuestos, pero no entienden razones. No les parece justo, simplemente.
"Es mi plata. Yo me la gano trabajando. Por qué me la tiene que quitar el
Estado", reclaman.
Hoy abro
el Diario Oficial El Peruano y leo:
"Que, con fecha 17 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario
Oficial El Peruano, el Decreto Supremo N° 039-2015-SA, que aprobó el Reglamento
de la Ley N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas;
Que, con fecha 13 de febrero del 2016 se publicó en el Diario Oficial
El Peruano, el Decreto Supremo N° 008-2016-SA, que aprobó el Reglamento de la
Ley N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas;
Que, en ese sentido, se advierte que existe duplicidad en la
aprobación del mencionado reglamento, por lo que, resulta necesario dejar sin
efecto el Decreto Supremo N° 008-2016-SA;
(...)
DECRETA:
Artículo 1.- Del Decreto Supremo N° 008-2016-SA
Déjese sin efecto el Decreto Supremo N° 008-2016-SA, que aprobó el Reglamento
de la Ley N° 30024, Ley que crea el Registro Nacional de Historias Clínicas Electrónicas."
En
automático pienso. "¿Para eso pago el impuesto a la renta? Con mi trabajo estoy
sufragando los gastos de las ineficiencias públicas". En el mundo real, la
eficiencia es lo que te mantiene compitiendo en los mercados. Pero la Administración
Pública no forma parte del mundo real. Es un universo surrealista. Una especie
de galaxia lejana en pleno planeta tierra donde la ineficiencia no se castiga,
se premia.
Publicar
en El Peruano un reglamento, requiere una sola acción: publicar. En este caso, para
un solo reglamento se han producido tres publicaciones. Los costos se han
triplicado. No me parece bien que mi pago por impuesto a la renta se tenga que
destinar en hacer tres veces lo que se debe hacer una sola. Menos aún me parece
tener que pagarle el sueldo a todos los ineptos y negligentes que permitieron
que esto pasara. Y no me refiero solo al par de bestias descuidadas que
firmaron la misma resolución dos veces con diferente numeración, sin percatarse
de ello (lo que me hace pensar: ¿OLLANTA HUMALA TASSO -Presidente de la
República- y ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA -Ministro
de Salud- leen lo que firman?), sino también a toda la manga de funcionarios
despistados que se supone deberían haber tenido en cuenta esto. ¿Nadie en el
Ministerio de Salud o en el Despacho Presidencial, pudo recordar que hacía dos
meses se había firmado el mismo reglamento? A todos estos responsables, como
ciudadano que pago mis impuestos, ¡exijo se les sancione!
Pero la torpeza no
queda ahí. Para enmendar su error, no se tuvo mejor idea que publicar por
tercera vez un Decreto Supremo (lógicamente suscrito por OLLANTA HUMALA TASSO -Presidente
de la República- y ANÍBAL VELÁSQUEZ
VALDIVIA -Ministro de Salud-). Acaso nadie se puso a pensar en la sucesión de
normas en el tiempo. Todos saben que una norma posterior reemplaza a la
anterior. ¡Ya que se queden con el Decreto Supremo del 2016 y se tenga por
derogado el del 2015! Si total "existe duplicidad en la aprobación del
mencionado reglamento", como lo reconoce el propio Decreto Supremo Nº
009-2016-SA. Y por último, cualquier duda puede ser afinada vía
jurisprudencial.
¡Uy,
miren la hora! Tengo que dejar de escribir. Necesito salir volando a pagar mis
impuestos...
En el camino leo en el kiosko el titular del Diario
Gestión: "FALTA DE NORMA IMPIDE ABARATAR MEDICAMENTOS HASTA EN 40%".
Y la bajada: "El Ministerio de Salud no da luz verde a reglamento para
medicinas biológicas y biosimilares, pese a que hay un proyecto listo y
discutido en Consejo Nacional de Salud". Defraudado de mis autoridades
pienso "hace ocho años esta ley no tiene su reglamento publicado, pero en dos
meses el mismo Ministerio publica la misma norma dos veces... efectivamente,
esto es surrealista". Dejo de leer y me voy de ahí rápidamente porque distingo
a lo lejos ciertos personajes con pinta hobbits acriollados y vienen escuchando reggaetón...